viernes, 24 de mayo de 2013

Técnicas Analíticas, Operativas y Organizativas


Este es el trabajo que me tocó terminar de exponer. Aquí le dejo el trabajo completo.



1   1.   TÉCNICAS ANALÍTICAS. 

Las técnicas analíticas se centran en la detección, análisis y valoración de los riesgos derivados de las condiciones de seguridad. Dependiendo del momento en que se intervenga, pueden ser:
  • Previas al accidente:
Inspecciones de seguridad: consisten en un examen o reconocimiento directo de las instalaciones, equipos,... para detectar posibles riesgos para la salud de los trabajadores.
Análisis de las condiciones de trabajo: su objetivo es la identificación de las posibles situaciones de riesgo relacionadas con un determinado tipo de puesto de trabajo, fase del proceso productivo,...
Análisis estadísticos: se trata de la interpretación y tratamiento de los datos obtenidos en los diferentes estudios realizados sobre siniestralidad laboral, absentismo,... para poder analizar sus causas y adoptar las medidas necesarias.
  • Posteriores al accidente:
Notificación y registro de accidentes: el establecimiento de métodos fiables de notificación y registro de accidentes (produzcan daños o no) es fundamental para poder realizar un estudio posterior sobre las causas que lo originaron y proponer e implantar las actuaciones preventivas para evitar que vuelva a suceder.
Investigación de accidentes: se utiliza para analizar en profundidad cualquier accidente que se produzca, con el fin de conocer el desarrollo de los acontecimientos que lo precipitaron y determinar sus causas con el fin de aprovechar la experiencia obtenida para prevenir sucesos futuros. 

2. TÉCNICAS OPERATIVAS 

Las Técnicas operativas inciden en la eliminación o la reducción de la accidentabilidad mediante acciones preventivas o protectoras una vez conocido el riesgo. Distinguimos dos ámbitos de actuación: los aspectos técnicos y los aspectos humanos.
  • Aspectos Técnicos:
Técnicas de Concepción: su objetivo es eliminar el riesgo en el origen.
·         Seguridad en el diseño y proyecto de instalaciones.
·         Seguridad en el diseño y proyecto de equipos.
·         Seguridad en el diseño de métodos de trabajo.
Técnicas de Corrección: se aplican cuando no se puede eliminar en su totalidad el riesgo en el origen.
·         Adaptación de sistemas de seguridad.
·         Utilización de defensas y resguardos.
·         Protecciones colectivas y personales.
·         Normas de seguridad.
·         Mantenimiento preventivo.
·         Señalización de seguridad.
  • Aspectos humanos:
Previas a la incorporación al puesto:
·         Selección de personal.
·         Información.
·         Formación.
Posteriores a la incorporación al puesto:
·         Prácticas de seguridad.
·         Campañas de seguridad.
·         Acción de grupo.
·         Incentivos.
Las técnicas analíticas de seguridad se ocupan de la detección y evaluación de los riesgos, y las técnicas operativas tratan la eliminación o reducción del riesgo una vez conocido

Las Técnicas Analíticas Posteriores al Accidente son aquellas que pretenden profundizar técnicamente en el estudio de Riesgos y Causas a través de los accidentes, incidentes y/o siniestros acaecidos, con consecuencia de daños personales y/o materiales.
Cada accidente es la exteriorización de un riesgo que se ha actualizado en forma de peligro y materializado en forma de pérdida (humana y/o material), por una serie de causas.
Aunque cada accidente tiene un nexo causal diferente, casos similares se repiten en el tiempo, y la mayoría de ellos denotan riesgos y causas básicas comunes.
El análisis técnico de la investigación de los accidentes ocurridos sirve, tras su análisis, para la prevención de accidentes futuros.
Contenido
Clasificación de las Técnicas Analíticas Posteriores al Accidente
Como ya se ha indicado, las técnicas analíticas posteriores al accidente se subdividen en:
Notificación y Registro de Accidentes
La primera etapa para el estudio de los accidentes, es la notificación y registro documentado y sistemático de los mismos. Si los accidentes que ocurren no se notifican, su experiencia se pierde y no pueden estudiarse.
Las notificaciones de los accidentes deben quedar registradas para su ulterior tratamiento.
Dentro de cada empresa debe existir un procedimiento-sistema formal y documentado de notificación-registro de accidentes, según una selección y criterios previamente establecidos. Ello obliga a fijar un método con un adecuado soporte administrativo (p.e. Comunicaciones oficiales de accidentes, recorrido de los comunicados, responsabilidad en su emisión y recogida en libro de asiento, etc..,).
La notificación debe partir del mando directo inmediato superior al accidentado o material dañado. El registro puede completarse a partir de las notificaciones facilitadas por el equipo médico, por los socorristas o por el departamento de personal (si las consecuencias del accidente son de daños personales), o por el parque de maquinaria, mantenimiento, manutención, almacén, departamento de compras, departamento de tramitación-gestión de seguros (si las consecuencias del accidente son de daños materiales) y por el equipo técnico del servicio de prevención.
A nivel extra-empresarial esta notificación se realiza al órgano competente de la Administración. Esta notificación está regulada por la Orden TAS/2926/2002, de 19 de noviembre (B.O.E. de 21 de noviembre) por el que se establecen los nuevos modelos para la notificación de los accidentes de trabajo y se posibilita su transmisión por procedimiento electrónico.
Investigación Técnica de Accidentes
El estudio más profundo de los accidentes notificados se realiza mediante la investigación técnica de accidentes y sirve para identificar las causas básicas relativas a los comportamientos humanos y los factores ambientales del trabajo, que los han producido.
En ningún caso y bajo ningún concepto, debe perseguir culpables del suceso.
Para la investigación de accidentes se tendrá en cuenta:
  • Testimonio de la víctima y de los testigos.
  • Investigación y análisis ocular in situ.
  • Croquis, mediciones.
  • Fotografías.
  • Esquemas.
  • Pruebas de laboratorio y periciales.
Mediante la investigación técnica de accidentes se explota al máximo la experiencia de los accidentes notificados.
Es fundamental proceder al análisis, investigación de las causas que han dado lugar a accidentes e incluso incidentes, como paso previo a establecer una autentica voluntad de prevención.

Técnicas Operativas sobre el Factor Técnico

Las técnicas operativas sobre el factor técnico son indudablemente las más importantes y rentables para la seguridad. Con ellas podemos obtener garantías de seguridad a pesar de la conducta humana.
Según su aplicación cronológica se pueden clasificar del siguiente modo:

En Fase de Concepción y/o Diseño

Basada en la inclusión del concepto de seguridad como factor decisivo en todo proyecto de instalación y planificación industrial iniciales, en todo diseño de equipos de trabajo y en la planificación, programación y ejecución de métodos de trabajo, que deben ser concebidos junto con las instalaciones y los equipos de forma ergonómica, es decir, buscando la adaptación del trabajo al hombre. RD 1627/97 de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción.

Proyecto de Construcción de Centros de Trabajo e Instalaciones

Los técnicos proyectistas deberán asesorarse con antelación al visado definitivo del proyecto ejecutivo de construcción, por el servicio técnico de seguridad de la empresa, o Coordinador de seguridad en fase de proyecto con la finalidad de dar al proyecto el enfoque preventivo en materia de salud laboral.
Téngase presente que existen sectores industriales, como el de la construcción, en los que el mayor número de los accidentes mortales que padecen, tienen su génesis o causas básicas en defectos preventivos, situados en las fases de diseño y planificación de la producción.

Diseño de Equipos, Máquinas, Herramientas y Medios Auxiliares

Previamente a la adquisición e implantación de los mismos, el equipo técnico del servicio de prevención será igualmente consultado, a los efectos de aportar aquellas sugerencias de mejora preventiva a introducir y asegurarse las garantías, de contemplar la instalación de sistemas de seguridad, protecciones, carcasas y/o resguardos, por parte de los fabricantes, importadores, o departamento de la Empresa responsable de su diseño, instalación y/o mantenimiento posterior.
En general deberá atenerse a lo especificado en el RD 1215/97 de 18 de julio, por el que aprueba el reglamento para la utilización de los equipos de trabajo.

Estudio de Métodos de Producción

El estudio científico de los trabajos de construcción incide en la revisión e introducción de nuevos procedimientos de trabajo, y en la confección de métodos nuevos de producción.
Se deberán haber integrado las medidas preventivas en el proceso, de conformidad con lo acordado con el equipo técnico del servicio prevención.

En Fase de Corrección

La acción de medidas correctoras centra en la mejora de las condiciones peligrosas detectadas en instalaciones, equipos y métodos de trabajo ya existentes.
Estas condiciones, detectadas mediante las técnicas analíticas, presentan riesgos definidos, cuya corrección puede hacerse mediante las técnicas que se relacionan a continuación.
Su exposición sigue un orden fijado por la preferencia que se debe tener al seleccionar una o más de ellas para corregir un riesgo. Dicho de otro modo, únicamente debe utilizarse una de ellas cuando no sea posible, material o económicamente, la aplicación de otra anterior.
Las Técnicas Operativas sobre el Factor Humano se identifican como aquellas que luchan por influir sobre los actos y acciones peligrosas, consiguiendo un cambio de actitud preventiva por parte de los beneficiarios, esto es, son las que intentan eliminar las causas humanas de los accidentes.
El establecimiento de una política formativa en este campo, por parte de la empresa es absolutamente necesario, contribuye notablemente a forjar una cultura en materia definida en el seno de la empresa. 

3. ORGANIZACIÓN DE LA ACCIÓN PREVENTIVA

Modalidades

El Empresario asume personalmente el desarrollo de la actividad Preventiva
El Empresario designa a uno o varios trabajadores Constituyendo un servicio de prevención propio recurriendo a un servicio de prevención externo.

Concepto y Definiciones de Seguridad

 El Empresario asume personalmente el desarrollo de la actividad preventiva

Requisitos a cumplir:
a) Empresa de menos de 6 trabajadores.
b) Actividades no relacionadas en Anexo 1 del
Reglamento de los Servicios de Prevención:
-Radiaciones ionizantes.
-Agentes cancerígenos, tóxicos, etc.
-Productos químicos de alto riesgo.
-Explosivos.
-Canteras, minas, sondeos.
-Obras de construcción, etc.
c) Desarrolla suactividad habitual en el centro de trabajo.
d) Dispone de capacidad suficiente: según lo dispuesto en el capítulo VI del RD. 39/1997 por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, que establece:
-Nivel básico.
-Nivel intermedio
-Nivel superior.
-Según el programa de actuación en cada caso.

El Empresario designa a uno o varios trabajadores

Requisitos a cumplir

a) El empresario no haya asumido la actividad preventiva (menos de 6 trabajadores).
b) No esté obligado a constituir un servicio de prevención propio o a concertar un servicio externo.
c) Capacidad del personal designado: formación acorde con el capítulo VI del RD. 39/1997:
-Nivel básico.
-Nivel intermedio
-Nivel superior.
d) Se nombrará el número de trabajadores necesarios y se
tendrá en cuenta:
-Tamaño.
-Riesgo.
-Actividad.
-Plantilla.

Constituyendo un servicio de prevención propio

Requisitos a cumplir

a) Empresas de más de 500 trabajadores.
b) Empresas de más de 250 trabajadores y que estén en alguno de los casos siguientes:
-Desarrollar alguna actividad del Anexo I del RD. 39/1997
-Que, tratándose de empresas no incluidas en los casos anteriores, lo decida la Autoridad Laboral, generalmente por accidentes o enfermedades profesionales.
-Formar una unidad organizativa específica.
-Contar con instalaciones y medios propios.
-Poder desarrollar como mínimo dos especialidades.
-El personal designado para estos servicios tendrá una formación acorde con lo dispuesto en el capítulo VI del RD. 39/1997:
-Nivel básico.
-Nivel intermedio.
-Nivel superior.
-La empresa elaborará anualmente y tendrá a disposición de la Autoridad
Laboral:
-Memoria de la actividad preventiva desarrollada.
-Programación anual del servicio de prevención.

Recurriendo a un servicio de prevención externo

Requisitos a cumplir
Cuando la designación de uno o varios trabajadores sea insuficiente o no esté obligado a tener un servicio de prevención propio, el empresario debe recurrir a la contratación de uno o varios servicios de prevención
externos que colaborarán cuando sea necesario.

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