domingo, 2 de diciembre de 2012

Principio de Prudencia

“Se deberá ser prudente en las estimaciones y valoraciones a realizar en las condiciones de incertidumbre. Pero la prudencia no justifica que la valoración de los elementos patrimoniales no responda a la imagen fiel que deban reflejar las cuentas anuales”.

Vamos a poner dos ejemplos para entender lo que significa esas “condiciones de incertidumbre”:

- Despido a un trabajador e interpone una demanda contra la empresa por despido improcedente con cuantía de 37.000€.

- Mi empresa es una promotora y empieza a caer el precio medio de alquileres en España.

Según la aplicación estricta del principio de prudencia la empresa debería, en el primer caso, anotar una Pérdida Extraordinaria por cuantía de 37.000€ y, en el segundo caso, anotar Pérdidas por Deterioro del Activo por valor que se estime que están perdiendo mis inmuebles. ¿Cuál es el problema? El principio de prudencia opera en términos de probabilidad, de si “es probable” que el trabajador gane el pleito o si “es probable” que la rebaja de precios en los alquileres lastre el valor de mis inmuebles.

Ahora, con Bankia porponer un ejemplo, los peritos tendrán que dictaminar que si a la hora de valorar sus activos inmobiliarios los contables del Grupo Bankia fueron, entre otras muchas cosas, lo suficientemente prudentes. El problema es que cuando nos movemos en términos de “probabilidad” es muy difícil saber si alguien es diligente o no lo es. A eso se tendrá que enfrentar la Audiencia Nacional.

No hay comentarios:

Publicar un comentario